Debe otorgarse la libertad y reducirse la multa aplicada al contribuyente acusado de contabilizar facturas falsas, considerando sus circunstancias personales y la naturaleza del delito.
El caso
El SII se querelló contra un contribuyente dedicado a la compraventa de maderas, acusándolo de contabilizar facturas falsas para respaldar sus créditos fiscales, causando un perjuicio fiscal de más de 1.660 UTM. En su querella, el SII pidió la aplicación del máximo de las penas establecidas en el Código Tributario, que determina castigos de hasta 10 años de presidio y multa de hasta el 300% de lo defraudado, que en el caso de nuestro defendido equivalían a 4.980 UTM.
Conociendo de la causa, la Corte de Apelaciones de Valdivia aplicó al contribuyente la pena de 5 años y 1 día de presidio, más una multa del 100% de lo defraudado (1.660 UTM), declarando que no procedía concederle la medida alternativa de “remisión condicional de la pena”, por lo que ordenó el cumplimiento efectivo de la condena de presidio.
En defensa del contribuyente recurrimos a la Corte Suprema por estimar que la sentencia de la Corte de Apelaciones no se ajustaba a la ley, pues había aplicado una sanción que excedía la legalmente permitida al no considerar la abundante prueba rendida durante el juicio y al no reducir las sanciones aplicadas, dejando de otorgar a nuestro defendido alguno de los beneficios establecidos por la ley para cumplir en libertad la eventual sanción que pudo aplicarse.
Después de examinar la normativa legal que invocamos en el recurso, así como la abundante prueba rendida, una vez concluida la vista de la causa con nuestro alegato en defensa del contribuyente y por decisión unánime de los Ministros que concurrieron a la vista del recurso, la Corte Suprema decidió rebajar la sanción de privación de libertad aplicada, reemplazándola por el beneficio de “libertad vigilada”, y rebajó la sanción de multa de 1.660 UTM a 103 UTM, para lo cual consideró la facultad económica y la situación familiar del contribuyente.
Al ser acogida la defensa de nuestro representado, evitamos que sufriera la privación de su libertad y se le permitió organizar prudentemente el pago de la razonable multa aplicada.